Para los  cubanos que deseen viajar al extranjero, el proceso será ahora un poco más  estricto, demorado y, en algunos casos, más costoso.  A partir de ayer el gobierno cubano reforzó el control sobre los trámites de  los ciudadanos nacionales que quieran viajar al exterior por invitación familiar  o asuntos personales, según dos resoluciones aparecidas en la gaceta oficial del  país.  
La resolución 87/2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores dispone que  cualquier invitación para visitas al extranjero por motivos personales sólo  podrá tramitarse ante los consulados cubanos en el exterior y mediante un  documento notarial debidamente legalizado, en conformidad con las leyes del país  donde se expida.  
La clave de la medida es que a partir de ahora los cónsules estarán  autorizados para invalidar las invitaciones cuando lo consideren oportuno.  
''Los cónsules están facultados para rechazar la invitación cuando concurran  elementos que así lo aconsejen'', indica el texto de la resolución firmada por  el canciller Felipe Pérez Roque.  
De acuerdo con los reglamentos migratorios vigentes, los cubanos que fueran  invitados por familiares o amigos residentes en el exterior debían presentar una  carta notarizada, pero el documento de invitación podía certificarse en la  Consultoría Jurídica Internacional de La Habana o en dependencias notariales en  el interior del país.  
La opción de formalizar la carta de invitación en territorio cubano era usada  por muchas personas para agilizar los trámites de viaje, apelando generalmente a  un visitante o amigo extranjero.  
Incluso esta alternativa era común entre quienes habían procesado con éxito  la visa de visita a Estados Unidos y aguardaban por la invitación familiar para  proseguir las gestiones ante la Dirección de Inmigración y Extranjería.  
Pero eso no será posible hacerlo desde este 2 de mayo.  
Una resolución complementaria del Ministerio de Justicia (MINJUS), suscrita  por la titular María Esther Reus González, dictamina que todos los notarios de  ese organismo, sus extensiones y las sociedades civiles de servicio se  abstendrán de formalizar escrituras de invitación de ciudadanos extranjeros y  ciudadanos cubanos residentes en el exterior a cubanos que vivan en la isla.  
El MINJUS dispuso comunicar de inmediato la nueva reglamentación a la  Dirección de Notarías y Registros Civiles, así como a las entidades que ofrecen  servicios jurídicos en divisas: Consultores y Abogados Internacionales (CONABI),  el bufete del organismo; Consultoría Jurídica Internacional (perteneciente a la  corporación CIMEX) y Bufete Internacional (Cubanacán).  
Las regulaciones no afectarán el trabajo de las agencias de viajes a Cuba  radicadas en Estados Unidos, las cuales procesan cartas de invitación a través  del Consulado cubano en Washington por un costo aproximado de $180.  
El precio del documento de invitación es de $136, pero la Oficina de  Intereses de Cuba incluye una tarifa adicional de $20 si el interesado no  comparece personalmente a tramitarlo en la sede diplomática.  
De hecho, agencias consultadas por El Nuevo Herald desconocían las  resoluciones emitidas por Cuba.  
''Para nosotros esta medida no tiene ningún impacto'', dijo Armando García,  el presidente de Marazul en Miami. ``Considero que está concebida para  racionalizar y garantizar las funciones consulares sobre un proceso que estaba  totalmente descontrolado''.  
En Cuba, la formalización de las cartas de invitación se hallaba congelada  desde hace días, a la espera de las nuevas regulaciones.  
Desde ayer, el procedimiento implica que el documento notarial de la  invitación contenga ``los [datos] generales del invitante y el invitado, el  motivo de la visita y el compromiso del invitante de responder económica y  legalmente por el invitado ante las autoridades del país en que reside''.  
Al recibir el documento notarial, los cónsules verificarán el cumplimiento de  los requisitos para la invitación, aceptarán el documento después de confirmar  su autenticidad y elaborarán una certificación oficial que será presentada ante  las autoridades migratorias cubanas.  
En su función notarial, los cónsules quedarán facultados para formalizar la  invitación cuando existan vínculos de parentesco comprobados ``hasta el segundo  grado de consanguinidad entre el invitante y el invitado''.  
Abogados y expertos legales entrevistados ayer telefónicamente por El Nuevo  Herald opinaron que los decretos gubernamentales pretenden cerrar el paso a las  irregularidades en las cartas de invitación obtenidas por los residentes  cubanos, aunque no descartan que el procedimiento se haga más lento.  
''Como todos los procesos dentro de Cuba, la obtención de la carta para  viajar al extranjero estaba abierta a la corrupción'', dijo el abogado disidente  René Gómez Manzano. 'Pasando un `dinerito' no era difícil conseguirla a través  de alguna dependencia jurídica''.  
La preocupación de que las nuevas reglas hagan más engorroso el trámite está  también latente entre analistas y público en general.  
Por lo general, una carta notarizada en el extranjero se tardaba hasta tres  meses en llegar a manos del invitado.  
Pero también el proceso podría encarecerse en ciertos casos.  
Una de las cláusulas de la resolución 87/2007 advierte que en los casos de  países que exigen la presentación del documento notarial de invitación como  requisito para procesar el visado, la persona que invita deberá presentar una  copia adicional de la carta notarizada.  
La copia le será devuelta para uso del invitado cubano ante la representación  diplomática del país que planea visitar.  
''Esta legalización constituye un servicio consular distinto, y en  consecuencia, se abonará por ella el arancel consular correspondiente'', explica  el decreto.  
Además de la carta de invitación, los viajeros cubanos tienen que tramitar el  pasaporte (a un costo de $60) y el permiso de salida ($165). El salario promedio  en Cuba es de 330 pesos (unos $16).